miércoles, 27 de marzo de 2013


LA AEPD CONSIDERA QUE EL SERVICIO STREET VIEW DE GOOGLE NO VULNERA LA NORMATIVA ESPAÑOLA



El pasado 15 de marzo la Agencia Española de Protección de Datos hizo pública una nota de prensa en la que indicaba que, tras realizar las correspondientes actuaciones de inspección, daba por concluida la investigación sobre la última campaña de Google Street View.

La AEPD ha constatado que no se recogen datos transmitidos por redes inalámbricas sino únicamente imágenes fotográficas.

Concluye que la actual campaña de recogida de imágenes y su posterior tratamiento para la prestación del servicio Street View no vulnera la normativa española de protección de datos.

Destaca que la finalidad no es obtener información sobre personas ni la identificación de las mismas sino ofrecer un servicio de cartografía.

Tiene especialmente en cuenta que Google se compromete a anonimizar las imágenes de personas y matrículas de vehículos antes de publicarlas y a mantener un mecanismo ágil para que los interesados puedan obtener la corrección de cualquier error.

La Agencia se reserva la facultad de controlar la eficacia de las garantías y los mecanismos de corrección ofrecidos por Google.

Esta investigación es independiente del procedimiento sancionador abierto en 2010 por la captación de datos personales procedentes de redes WiFi, que se encuentra suspendido por estar desarrollándose actuaciones judiciales sobre estos mismos hechos.

MÁS INFORMACIÓN:

(Foto:  blog.ebruni.it)

No hay comentarios:

Publicar un comentario