UN JUZGADO DE BARCELONA CONDENA A UN DIRECTIVO POR LEER EL CORREO ELECTRÓNICO DE DOS EMPLEADOS Y DIFUNDIR QUE ERAN GAYS
(Publicado en EL PAÍS - 13/01/2014)
Un juzgado de Barcelona ha condenado a tres años y medio de
prisión un directivo de la empresa Gartner J.G. por comunicar a sus superiores
la condición de homosexuales de dos empleados, cuya orientación sexual
descubrió tras acceder a sus correos electrónicos.
En su sentencia, que no es firme, el juzgado de lo penal
número 23 de Barcelona condena por un delito de revelación de secretos al
directivo de la empresa, pero lo absuelve del delito de injurias de que estaba
acusado por calificar de "enfermos" a los empleados cuyo correo
espió.
Es la primera causa que se abrió en España contra una
empresa por injurias homófobas a sus empleados, aunque finalmente la sentencia
no ha condenado por ese delito, al entender que no puede inferirse sin lugar a
dudas que con la expresión "enfermos" el acusado tuviera la intención
de "insultar o menospreciar" a los trabajadores gays.
Según cree probado la sentencia, el acusado, Cristian P. leyó
en agosto de 2008 mensajes privados que se habían intercambiado dos empleados,
en los que aludían a la orientación homosexual de ambos.
Con el propósito de revelar ese dato, el procesado envió
unos días después un correo electrónico al jefe del departamento de ventas de
la empresa en Austria en los que revelaba la orientación sexual de los
empleados y aseguraba que los mensajes espiados tenían "increíble
contenido guarro". "(...) Lamentablemente, he descubierto que (los
empleados) son homosexuales, y los dos se caen muy bien (...)", escribió
el procesado en uno de los correos a su superior, de lo que el juez deduce que
la orientación sexual de sus dos trabajadores "no era de su agrado".
Para el juez, no tiene justificación
que el acusado comunicara a su superior el contenido de los correos porque
"no se trata de un problema empresarial que tenga que debatir con su jefe.
La orientación sexual no puede ser considerada una traba para el trabajo de
forma que haya que comunicarlo al superior jerárquico", argumenta el
magistrado.
La sentencia descarta que la revelación de su orientación
sexual causara daños morales a los empleados, que a través de la acusación
particular exigían una indemnización de 40.000 euros, porque en este caso
"no hay ninguna prueba de las alteraciones patológicas o psicológicas
causadas, salvo un informe médico que nada en concreto dice".
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(imagen: pcactual.com)
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